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Columnas obligatorias del auxiliar de activos en empresas del Régimen de Zonas Francas

Todas las empresas pertenecientes al Régimen de Zonas Francas deben cumplir con un nivel de inversión al que se comprometieron y que quedó establecido en el Acuerdo Ejecutivo; dicha inversión se calcula basados en el auxiliar de activos fijos, siendo esta entonces el control más importante que deben tener las empresas del Régimen de Zonas Francas.

Las columnas mínimas que debe tener el auxiliar de activos se establecen en el Manual de Auditoria de PROCOMER, el cual menciona:

a) Descripción del activo.

b) Número de serie, modelo y marca.

c) Número de dispositivo de identificación (placa).

d) Localización.

e) Costo de adquisición, vida útil, depreciación acumulada y valor en libros.

f) Fecha de adquisición.

g) Número de declaración con la que ingresó al Régimen o factura por compra local.

Adicional a lo anterior, basados en la experiencia de SGL Eficacia atendiendo múltiples auditorias, se recomienda agregar la columna que permite identificar si el activo pagó impuesto o no, y si estos forman parte del nivel de inversión, lo cual facilitaría mucho el proceso de validación.

Finalmente vale la pena recordar, que el nivel de inversión se mide basados en el costo histórico de los activos fijos (excepto Megaproyectos), por lo que aun teniendo un activo 100% depreciado, se deben mantener los controles respectivos.