Las empresas pertenecientes al Régimen de Zonas Francas (RZF), tienen particularidades específicas que se deben considerar para poder estar en cumplimiento, tanto de sus obligaciones propias del régimen especial, así como también de las obligaciones fiscales.
Como parte de las consideraciones que se deben tomar en cuenta para el cierre fiscal 2023, están las siguientes:
- Salarios: Como parte de las auditorias de PROCOMER, especialmente la nueva que es de gastos operativos se revisa que la cuenta de gastos por salarios y la de cargas sociales, coincidan con todas las planillas reportadas a la CCSS, por lo que cualquier diferencia que esté registrada contablemente, se debe valorar reclasificarla para que se muestre el saldo adecuado en los estados financieros y en el Informe Anual de Operaciones.
- Activos capitalizados: Todo bien que tuviera un costo unitario superior a 115.550 CRC, y que cumpla las características de activo, debió ser capitalizado como activo fijo, por lo que es momento de revisar si en el auxiliar de activos se muestras bienes con costos inferiores adquiridos en el 2023, para que se puedan reclasificar al gasto, o bien el caso contrario donde algo debió ser activo, pero fue enviado incorrectamente al gasto.
- Ventas: Una de las pruebas básicas a realizar en este cierre fiscal, es el de tener las ventas mensuales que se aprecian en el Estado de Resultados, debidamente conciliadas con las ventas reportadas a PROCOMER (esto no aplica para empresas manufactureras), ya que cualquier diferencia deberá ser identificada y subsanada.
- Precios de transferencia: Cualquier ajuste producto de precios de transferencia que se deba realizar en los ingresos, debe quedar registrado contablemente en el mes de diciembre, así como también se debe tener el soporte documental respectivo.
- Créditos fiscales: Las empresas del RZF, en ciertas ocasiones y por diferentes motivos pudieron haber liquidado el IVA en algunas compras, o bien realizada nacionalización de activos liquidando en ese momento el Impuesto al Valor Agregado. Dicho impuesto debió ser declarado como crédito fiscal en el formulario mensual de IVA, y por lo tanto resulta importante tener la cuenta contable conciliada, y además, aprovechar ese saldo a favor para compensarlo con otra obligación (en las empresas del RZF, sería con las D103).
- Créditos adicionales en empresas manufactura: Las empresas manufactureras tienen el crédito adicional de reinversión de utilidades retenidas en entrenamientos o en la compra de nuevos activos, por lo que diciembre es el momento de validar el respaldo que tienen para determinar el crédito que podrá ser aprovechado en la declaración del impuesto sobre la renta.
Lo anterior son solo algunos de los elementos a considerar como parte del cierre fiscal. Una vez cerrados los estados financieros, se deberá entonces trabajar en la preparación de la conciliación fiscal, que es donde se desconocen aquellos gastos e ingresos que fiscalmente no forman parte de la base imponible. Esto es un deber formal para todas las empresas, incluyendo las del RZF, ya que, aunque no deban pagar impuestos en la mayoría de los casos, sí deben cumplir con las obligaciones formales respectivas.